Test Extranjería ADN

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Facilitamos la reagrupación familiar en España para extranjeros que viven legalmente en nuestro país. Cumple con los requisitos y obtén el visado necesario para reunirte con tus seres queridos con nuestro test de Adn para reagrupaciones familiares. Contamos, además, con pruebas de ADN específicas para tus trámites de pasaporte, registro civil o nacionalidad.  

Casos de extranjería

Documentación necesaria

Documentación del solicitante (DNI, pasaporte, permiso de residencia, etc.).
Documentación del reagrupante (DNI, pasaporte, acta de nacimiento, etc.).
Requerimiento de prueba de ADN entregado por la embajada.

Pruebas de ADN para trámites legales

500 

Esta prueba es un análisis de ADN que permite determinar el vínculo genético o biológico entre un individuo y sus progenitores con una finalidad legal probatoria para trámites en el registro civil, nacionalidad o de pasaporte.
Es una prueba legal o judicial que tiene validez jurídica y no puede ser anónima.

Prueba de ADN para reagrupación familiar

500 

Esta prueba es un análisis de ADN que permite determinar el vínculo genético o biológico entre un individuo y sus progenitores con una finalidad legal probatoria en trámites para casos de reagrupación familiar.
Es una prueba legal o judicial que tiene validez jurídica y no puede ser anónima.

Procedimiento a seguir para casos de reagrupación familiar

Paso 1
Contacto del solicitante en el país de origen con la representación española correspondiente, formalización de la solicitud de visado de reagrupación o nacionalidad. Requerimiento de una prueba de ADN
Paso 2
La Unidad de Identificación Genética de Citogen facilitará al reagrupante en España el centro colaborador más cercano para la toma de muestras.
Paso 3
Convocatoria para toma de muestras del solicitante/es en la embajada o consulado de España del país de origen.
Paso 4
Análisis de las muestras (extracción de ADN, perfil genético, obtención de resultados, cotejo y valoración) en la Unidad de Identificación Genética de Citogen en Madrid (España).
Paso 5
Emisión y envío del informe de resultados a la embajada o consulado de España en el país de origen.
Paso 6
Finalización de los trámites y resolución del expediente.